Informativo Legal | Acuerdo interministerial no. mdt-msp-2024-002 salas de apoyo a la lactancia materna en los centros de trabajo

Con fecha 12 de septiembre de 2024 se publicó en el Registro Oficial el Acuerdo Interministerial No. MDT-MSP-2024-002, emitido por el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud Pública mediante el cual se estableció principalmente, lo siguiente:

Se establece como obligación para el empleador del sector privado cuando tengan bajo su dependencia a cincuenta (50) o más mujeres en edad fértil, implementar y/o adecuar salas de apoyo a la lactancia materna de manera permanente en los centros de trabajo. Se otorgó un plazo de seis meses para el cumplimiento de la obligación y su registro.

Además, se debe adecuar salas de apoyo a la lactancia materna de manera temporal, cuando no se cumpla con el número de mujeres antes mencionado, pero exista al menos una (1) mujer dando de lactar.

Se establece la obligación de impulsar y realizar actividades de promoción de lactancia materna, así como la coordinación de horarios y tiempos.

Las mujeres que continúen dando de lactar a sus hijos de hasta veinticuatro (24) meses de edad, tendrán derecho a al menos una extracción de leche materna con duración máxima de veinte minutos cada dos (2) horas dentro de la jornada laboral, en las salas de apoyo a la lactancia materna.

Además, la norma establece las condiciones que deben reunir las salas de apoyo.

 

En el caso de requerir más información como mucho gusto les podemos asesorar.

NOTA: El informativo de CCB Abogados no podrá ser considerado como opinión legal, tiene efectos únicamente informativos.