Informativo legal | Ley prevención de lavado de activos y del financiamiento de delitos
Mediante Registro Oficial Suplemento número 610 publicado el 29 de julio de 2024, se aprobó la nueva LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y COMBATE DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DE OTROS DELITOS, mediante la cual se reemplazó la anterior Ley que se encontraba vigente desde el año 2016, que tiene como finalidad instaurar la organización institucional y establecer procedimientos de prevención, detección y combate del delito de lavado de activos, sus delitos precedentes, el delito de la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, a continuación un detalle de las instituciones y organismos encargados de la regulación y su competencia en cada materia:
- Junta de Política y Regulación Financiera que ejerce la rectoría en materia de prevención del delito de lavado de activos y de la financiación de otros delitos.
- Consejo Nacional de Cooperación contra el Lavado de Activos y sus Delitos Precedentes, la Financiación del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (CONCLAFT), un órgano colegiado integrado por diferentes entidades del sector público que tiene como objeto principal el emitir políticas públicas.
- Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) que es la entidad técnica encargada de la recopilación de información, elaboración de reportes, ejecución de políticas y estrategias nacionales de prevención, detección y combate del delito de lavado de activos y de la financiación de otros delitos.
- Cooperación Nacional e Internacional, que se introduce en esta nueva Ley Orgánica, con el fin de que las autoridades competentes puedan intercambiar información y sancionar los delitos referentes a los de esta ley.
En el caso de requerir más información con mucho gusto le podemos asesorar.
NOTA: El informativo de CCB Abogados no podrá ser considerado como opinión legal, tiene efectos únicamente informativos.