Informativo legal | Ley prevención de lavado de activos y del financiamiento de delitos

Mediante Registro Oficial Suplemento número 610 publicado el 29 de julio de 2024, se aprobó la nueva LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y COMBATE DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DE OTROS DELITOS, mediante la cual se reemplazó la anterior Ley que se encontraba vigente desde el año 2016, que tiene como finalidad instaurar la organización institucional y establecer procedimientos de prevención, detección y combate del delito de lavado de activos, sus delitos precedentes, el delito de la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, a continuación un detalle de las instituciones y organismos encargados de la regulación y su competencia en cada materia:

  1. Junta de Política y Regulación Financiera que ejerce la rectoría en materia de prevención del delito de lavado de activos y de la financiación de otros delitos.
  2. Consejo Nacional de Cooperación contra el Lavado de Activos y sus Delitos Precedentes, la Financiación del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (CONCLAFT), un órgano colegiado integrado por diferentes entidades del sector público que tiene como objeto principal el emitir políticas públicas.
  3. Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) que es la entidad técnica encargada de la recopilación de información, elaboración de reportes, ejecución de políticas y estrategias nacionales de prevención, detección y combate del delito de lavado de activos y de la financiación de otros delitos.
  4. Cooperación Nacional e Internacional, que se introduce en esta nueva Ley Orgánica, con el fin de que las autoridades competentes puedan intercambiar información y sancionar los delitos referentes a los de esta ley.

En el caso de requerir más información con mucho gusto le podemos asesorar.

NOTA: El informativo de CCB Abogados no podrá ser considerado como opinión legal, tiene efectos únicamente informativos.