Informativo Legal – Uso obligatorio de firma electrónica

INFORMATIVO LEGAL

CCB ABOGADOS recuerda a todos sus clientes que de acuerdo con las disposiciones del Servicio Nacional de Contratación Pública – SERCOP[1], los cronogramas y plazos para el uso e implementación de la FIRMA ELECTRÓNICA en las fases preparatorias, contractual y de ejecución de contrato se han cumplido, siendo obligatorio su uso tanto para entidades contratantes como para proveedores y contratistas.

De manera excepcional, la implementación de la firma electrónica para contratos modificatorios y complementarios; documentos justificativos de diferencia de cantidades de obras; diferencias de rubros existentes o creación de rubros nuevos; órdenes de cambio; documentos suscritos por las partes respecto a diferencia en cantidades de obra; órdenes de trabajo; y, documentación relacionada con procesos de terminación de mutuo acuerdo, regirá a partir del 27 de noviembre de 2021.
Se mantiene la posibilidad de que las proformas de obras, bienes o servicios, así como, las garantías previo a la firma de contratos puedan ser presentadas manuscritas o con firma electrónica.
En el caso de requerir más información como mucho gusto les podemos asesorar.

NOTA: El informativo de CCB Abogados no podrá ser considerado como opinión legal, tiene efectos únicamente informativos.


[1] SERCOP-SERCOP-2020-0022-C de 27 de octubre de 2020