INFORMATIVO CONTRATACIÓN PÚBLICA
RÉGIMEN TRANSITORIO EN RESOLUCIÓN R.E-SERCOP-2025-0154 EXPEDIDA POR EL SERCOP

El Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) emitió la Resolución No. R.E-SERCOP-2025-0154, publicada en el Registro Oficial el 25 de noviembre de 2025, mediante la cual se establece un régimen transitorio para la implementación progresiva de varios artículos del nuevo Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (RGLOSNCP).
El propósito de esta medida es permitir la adecuación técnica y operativa del sistema de contratación pública antes de la plena implementación de los cambios normativos previstos.
A. Herramientas del Sistema Nacional de Contratación Pública (SOCE y complementarias)
Mientras el SERCOP realiza las actualizaciones necesarias en el SOCE y la herramienta prevista para la política de gobierno abierto, permanecerán en transición los siguientes aspectos:
- Subasta Inversa Electrónica (SOCE)
Quedan suspendidos temporalmente:
- Márgenes de preferencia, hasta que se adecue la herramienta para aplicar los que establezca el SERCOP.
- Modalidad de subasta inversa simplificada, en la cual los oferentes solo se adhieren al pliego y el ganador presenta posteriormente la documentación de la oferta.
- Preferencias en subcontratación en licitaciones de obras
Las preferencias previstas requieren actualización de la herramienta, por lo que su aplicación está en espera.
- Adecuación de horas hábiles en el SOCE
La herramienta deberá adaptarse al nuevo horario establecido: de 08h00 a 20h00 durante todos los días laborables. Anteriormente, la normativa contemplaba un horario reducido para el último día laborable.
- Estudio de Desagregación Tecnológica – Licitaciones de Obra desde USD 1 millón
El SERCOP ajustará el SOCE y los modelos de pliegos para permitir su implementación.
B. Procedimientos de certificación por conocimientos
Durante 2025 permanecerá vigente la certificación Fundamentos de Contratación Pública, para servidores públicos y aspirantes a ingresar al sector.
- Las certificaciones presenciales por roles ya otorgadas seguirán vigentes hasta su caducidad.
- En 150 días, el SERCOP implementará:
-
- Nuevos procesos de certificación por competencias, y
- La certificación previa obligatoria para ingresar al sector público.
- Quienes tengan vencida la certificación actual deberán obtener la nueva, conforme a su rol.
El SERCOP emitirá un instructivo técnico para regular la capacitación impartida por terceros; hasta su vigencia, continúan válidas las certificaciones emitidas por los capacitadores existentes.
C. Tarifas para funcionamiento del SERCOP y verificación de producción nacional en la inscripción y habilitación
Permanecen en régimen de transición las reformas que obligan al SERCOP a incorporar en el RUP:
- Información ampliada de experiencia,
- Valoración de integridad, y
- Categorizaciones de proveedor (productor nacional, MIPYME, EPS, artesano, emprendedor, jóvenes, entre otros).
También queda en espera la disposición relativa a la verificación de producción nacional como requisito de inscripción y habilitación, hasta que exista normativa e implementación técnica.
D. RUP – Información de experiencia, valoración de integridad y categorizaciones de proveedor
Entran en régimen de transición las reformas que obligan a que el SERCOP incluya en el RUP la información ampliada sobre experiencia, valoración de integridad y categorizaciones del proveedor (como productor nacional, MIPYME, EPS, artesano, emprendedor, jóvenes, etc.).
Similar situación tendrá la inclusión la disposición de verificación de producción nacional como parte del procedimiento de inscripción y habilitación en el RUP. Esta disposición también estará disponible una vez que se emita la normativa aplicable para el efecto y se realicen las adecuaciones correspondientes en la herramienta.
E. Supervisión del SERCOP y reclamos
Entrarán en transición varias normas relacionadas con la supervisión del SERCOP.
Se aplicarán únicamente aquellas reformas que no requieran:
- Modificaciones tecnológicas,
- Actualización de manuales o instructivos, o
- Nuevas herramientas informáticas.
Quedan en espera de implementación, entre otras, las herramientas basadas en:
- Análisis y minería de datos,
- Sistemas de alertas tempranas automáticas,
- Inteligencia artificial y machine learning.
F.Instructivo para las autorizaciones de adquisición de bienes o servicios por fuera del catálogo electrónico:
El SERCOP debe elaborar, en 120 días, un nuevo instructivo para autorizar compras fuera del Catálogo Electrónico y para el uso de CPC restringido.
Mientras tanto, seguirá vigente el instructivo actual de uso de CPC restringido.
G. También estarán en régimen de transición las disposiciones sobre atribuciones y regulaciones para el funcionamiento del Comité Interinstitucional
El SERCOP, junto con el Ministerio de Salud y el IESS, deberá emitir las normas para el funcionamiento del Comité Interinstitucional.
El SERCOP también deberá establecer las reglas para la subasta inversa corporativa que seleccionará proveedores de fármacos y bienes estratégicos en salud incluidos en el repertorio virtual.
H. Vinculaciones
Cuando estén listas las herramientas de interoperabilidad de sistemas, el SERCOP emitirá la metodología oficial para identificar vinculaciones entre participantes en los procedimientos de contratación pública.
I. Mejor valor por dinero
El SERCOP emitirá los instructivos y metodologías necesarias para aplicar el principio de mejor valor por dinero en la contratación pública.
J. Se deroga la normativa secundaria y su normativa conexa
Es decir que además de la normativa secundaria se deroga:
- Los lineamientos de vinculación específica aplicables a las contrataciones del estado.
- Guía para el control del valor agregado ecuatoriano por parte de las entidades contratantes.
- Modelos de pliegos de licitación de obra y subasta inversa.
- Metodología para la elaboración de estudios de desagregación tecnológica en la contratación de obras
- ANEXO 12: Nómina de Accionistas, Partícipes o Socios Mayoritarios de Personas Jurídicas y Declaración del Beneficiario Final.
- ANEXO 13: Modelo Único de Contrato Para Entidades Contratantes;
- ANEXO 14: Formulario Único de Acuerdo de Integridad.
Adicionalmente, se deroga la guía para la aplicación de criterios de sostenibilidad en los procedimientos de contratación pública.
En el caso de requerir más información con mucho gusto le podemos asesorar.
NOTA: El informativo de CCB Abogados no podrá ser considerado como opinión legal, tiene efectos únicamente informativos.