Informativo Tributario | Tarifa impuesto a la salida de divisas

El 13 de marzo del 2024 el Servicio de Rentas Internas publicó el Boletín No. NAC-COM-24-014, a continuación, los principales aspectos:

 

  1. TARIFA
  • La nueva tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) establecida en la Ley Orgánica para enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica se aplicará a partir 01 de abril de 2024.
  • La tarifa será aplicada en todas las transferencias al exterior a través de medios bancarios, traslados de divisas por puertos, aeropuertos o pasos fronterizos del país o envíos de divisas a través de empresas de Courier.
  1. EXCENCIONES

 

  • Se mantiene vigente las exenciones por 3 salarios básicos (USD1.380,00) en traslados fuera del país.
  • Tres salarios básicos en transferencias de divisas por año, y hasta USD 5.017.33 por pagos al exterior mediante tarjetas de crédito, entre otras previstas en el artículo 159 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador.

En el caso de requerir más información con mucho gusto le podemos asesorar.

NOTA: El informativo de CCB Abogados no podrá ser considerado como opinión legal, tiene efectos únicamente informativos.

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