Informativo Tributario – Gastos por regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría entre partes relacionadas

Con fecha 19 de diciembre de 2022, el Servicio de Rentas Internas emitió la Circular número NAC-DGECCGC22-00000012 referente del cálculo de la base imponible del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022 y 2023.

Esta circular detalla que para el cálculo de la base imponible del ejercicio 2022, no aplicará el límite de deducibilidad a la sumatoria de gastos por regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría pagados por sociedades domiciliadas o no en Ecuador a sus partes relacionadas.

Respecto a las absoluciones de Consultas de Valoración Previa notificadas a los contribuyentes que hayan incrementado el límite de deducibilidad de la sumatoria de gastos por regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultaría pagados por sociedades domiciliadas o no en Ecuador a sus partes relacionadas, mantienen sus efectos jurídicos para el año 2022 en función de la metodología establecida en la consulta.

Finalmente, para el cálculo de la base imponible del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2023, la sumatoria de gastos por regalías, servicios técnicos, administrativos y de consultoría, pagados por sociedades domiciliadas o no en Ecuador, a sus partes relacionadas, será deducible de acuerdo con los límites previstos en el numeral 20 del artículo 28 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno vigente. Por lo que aquellos contribuyentes que requieran incrementar su límite de deducibilidad podrán presentar la correspondiente solicitud de consulta de valoración previa, hasta el último día hábil del mes de febrero del 2023.

En el caso de requerir más información como mucho gusto les podemos asesorar.

NOTA: El informativo de CCB Abogados no podrá ser considerado como opinión legal, tiene efectos únicamente informativos.

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